Leyes que regulan los productos de tabaco y nicotina en Suecia.
En Suecia existen dos leyes que regulan el tabaco y la nicotina. La Ley del Tabaco, que abarca cigarrillos, snus marrón, cigarrillos electrónicos y otros productos similares, y la Ley de Productos de Nicotina Libres de Tabaco, que abarca el snus blanco.
Ley del Tabaco
La primera Ley Sueca del Tabaco (SFS 1993:581) entró en vigor el 1 de julio de 1993. Entre 1995 y 2018 se introdujeron unas 25 modificaciones a esta ley, que fue derogada y sustituida por la Ley del Tabaco y Productos Similares (2018:2088).
La nueva ley incluye disposiciones sobre tabaco, cigarrillos electrónicos y recargas (incluidos líquidos sin nicotina), productos herbales para fumar y productos similares al tabaco pero que no lo contienen. La ley no abarca los productos para fumar clasificados como estupefacientes. A continuación, se presenta un breve resumen de la ley.
Definiciones:
Cigarrillo electrónico: un producto que puede utilizarse para el consumo de vapor de nicotina.
Rellenar el envase: Contiene un líquido con nicotina que puede utilizarse para rellenar un cigarrillo electrónico.
Producto herbal para fumar: Se basa en plantas, hierbas o frutas que no contienen tabaco y que pueden consumirse mediante combustión.
Aditivos en cigarrillos y tabaco de liar
Prohibición de añadir cualquier aroma o sabor característico que no sea el del tabaco. Por sabor característico se entiende un aroma o sabor claramente perceptible que no sea el del tabaco.
Requisitos de notificación a la Agencia de Salud Pública para fabricantes e importadores
Productos de tabaco y productos herbales para fumar
- Obligación de proporcionar información sobre los ingredientes y las cantidades de estos ingredientes.
- Investigar y proporcionar información sobre los efectos de los ingredientes en la salud.
- Informes anuales sobre costes de marketing, patrocinios y volumen de ventas.
Cigarrillos electrónicos y recargas
- Notificar los productos destinados a ser comercializados en el mercado sueco.
- Informe de cualquier cambio significativo en el producto.
- Informe anual de ventas desglosado por marca y tipo de producto.
- Información sobre los grupos de consumidores y cómo se realizan las ventas.
Advertencias sanitarias
Los productos de tabaco y los productos herbales para fumar deben ir acompañados de textos e ilustraciones que proporcionen información sobre los riesgos para la salud asociados al tabaquismo y sobre cómo dejar de fumar.
Los cigarrillos electrónicos y los envases de recarga deben llevar el siguiente texto colocado en el centro: “Este producto contiene nicotina, una sustancia altamente adictiva.” Los envases también deben incluir una ficha informativa sobre los riesgos y una lista de ingredientes.
Márketing
Está prohibido comercializar productos de tabaco a los consumidores. Esta prohibición no se aplica (salvo en el caso de anuncios) en periódicos o publicaciones impresas, ni en programas de televisión o radio.
Los cigarrillos electrónicos y los cartuchos de recarga no pueden comercializarse mediante comunicaciones comerciales en publicaciones periódicas, servicios de la sociedad de la información (a distancia; digitalmente o a través de receptores de servicios), así como en emisiones de televisión y radio.
En los puntos de venta, se pueden mostrar mensajes comerciales no intrusivos, pero preferiblemente no visibles desde el exterior.
Se prohíbe el patrocinio que promueva productos de tabaco, cigarrillos electrónicos o envases de recarga.
El marketing ilegal puede denunciarse ante la Agencia Sueca del Consumidor:
Ventas de productos de tabaco
Se requiere un permiso para realizar actividades comerciales al por menor o al por mayor con productos de tabaco. No se requiere permiso si el domicilio social o el establecimiento permanente de la empresa no se encuentra en Suecia. Las ventas transfronterizas a distancia de productos de tabaco (para quienes no cuenten con un permiso), así como de cigarrillos electrónicos y recargas, no pueden realizarse sin antes registrar la venta ante la Agencia de Salud Pública.
Embalaje unitario mínimo para la venta:
20 cigarrillos, 30 gramos de tabaco de liar y 20 bolsitas de snus.
Åldersgräns
Los productos de tabaco, los cigarrillos electrónicos y los recambios están prohibidos para la venta a menores de 18 años. Si se presume que el producto está destinado a menores de 18 años, no podrá comercializarse.
Ambientes libres de humo
Definición: El término fumar se refiere a cualquier combustión u otro tipo de calentamiento de tabaco, cigarrillos electrónicos, productos herbales para fumar o productos cuyo uso sea similar al de fumar.
Está prohibido fumar en:
- instalaciones para el cuidado infantil y actividades escolares, así como patios escolares y áreas exteriores correspondientes en centros preescolares y centros extraescolares.
- centros de atención médica
- áreas comunes en edificios residenciales e instalaciones de servicio
- tráfico colectivo
- restaurantes y otros lugares para comer
- instalaciones deportivas cubiertas
- parques infantiles
- entradas a las que tiene acceso el público
Ambiente de trabajo libre de humo
El empleador es responsable de garantizar que ningún empleado esté expuesto involuntariamente al humo del tabaco.
Supervisión
La Agencia de Salud Pública, el Municipio, la Junta Administrativa del Condado, la Autoridad de Medio Ambiente Laboral, la Policía y la Agencia del Consumidor.
El tabaco en el Código Ambiental
Desde 2021, arrojar, por ejemplo, una colilla de cigarrillo o una tabaquera, es punible (con una multa de 800 SEK), según la enmienda del Código Ambiental (2021:881) Responsabilidad penal por infracciones menores de vertido ilegal de basura.
Cambios en la normativa aprobados el 30 de septiembre de 2021 – Regeringen.se
Ley de productos de nicotina sin tabaco
Ley (2022:1257) sobre productos de nicotina sin tabaco | Parlamento sueco (riksdagen.se) . Quedan excluidos los medicamentos o dispositivos médicos contemplados en la Ley de Medicamentos.
Notificación del producto
Los fabricantes e importadores deben notificar las ventas de los productos a la Agencia de Salud Pública antes de su comercialización.
Etiquetado y embalaje
En el envase debe incluirse una lista de ingredientes y una advertencia sanitaria.
El envase no debe parecerse a un producto alimenticio ni cosmético.
Márketing
- En el marketing debe observarse moderación, evitando que sea intrusivo o que fomente el consumo.
- Puede que no esté dirigido a niños y jóvenes menores de 25 años.
- Se prohíbe la publicidad comercial en las emisiones de televisión y radio.
- No está permitido patrocinar eventos y actividades a los que tenga acceso el público.
El marketing ilegal puede denunciarse ante la Agencia Sueca del Consumidor:
Requisitos de edad
No se puede vender a menores de 18 años. Si se presume que el producto está destinado a menores de 18 años, no se podrá comercializar.
Supervisión
La Agencia de Salud Pública, el municipio, la Junta Administrativa del Condado, la policía y la Agencia Sueca del Consumidor.
Obligación de informar
Volúmenes de ventas y datos sobre las preferencias de diferentes grupos de consumidores, incluidos niños y jóvenes menores de 25 años.
La política sueca sobre el tabaco a lo largo de cien años: una visión general histórica.
A principios del siglo XX, ya se planteaban en el debate público demandas de medidas contra el consumo de tabaco. Fueron los nuevos cigarrillos fabricados industrialmente los que impulsaron a jóvenes y mujeres a empezar a fumar. Entre otras cosas, los parlamentarios propusieron establecer un límite de edad para la compra de tabaco. El debate derivó en una investigación que, en 1918, recomendó una amplia campaña informativa.
En 1922, el primer ministro Hjalmar Branting destacó el importante papel de la Ilustración en la promoción de estilos de vida más saludables. Fue un firme opositor a las prohibiciones legales.
El esfuerzo moderno por reducir el consumo de tabaco comenzó en la década de 1960. En aquel entonces, aún se mantenía la visión optimista de Branting sobre las posibilidades de lograr resultados mediante la información acerca de los efectos nocivos del tabaco. Se creía que si las personas estuvieran informadas sobre los riesgos para la salud, dejarían de fumar.
Ahora sabemos que la información objetiva sobre los riesgos para la salud no basta para disuadir de fumar. Se requieren diversas medidas, entre ellas una política de precios activa, la prohibición de la publicidad comercial del tabaco, medidas para crear espacios libres de humo y tratamiento para quienes desean dejar de fumar.
Los primeros resultados de investigación relevantes sobre los daños del tabaco surgieron en la década de 1950 y reavivaron el debate al respecto. A finales de esa década, el Consejo de Investigación Médica investigó los efectos nocivos del tabaco por encargo del gobierno. La investigación concluyó que era necesario realizar esfuerzos enérgicos para esclarecer la situación. La investigación se intensificó y, entre otras cosas, el Monopolio Sueco del Tabaco designó un consejo de expertos médicos.
El monopolio también comenzó a brindar apoyo anual a la investigación sobre el tabaco y, en 1960, publicó un folleto informativo en el que señalaba que se habían identificado sustancias cancerígenas en el humo del tabaco.
La razón por la que el Monopolio del Tabaco apoyaba la investigación y difundía información era que, en general, se le percibía como una agencia estatal. Era lógico que se encargara de la información y se le encomendara la investigación sobre los efectos nocivos del tabaco. Se creó en 1914, cuando el consumo de tabaco comenzaba a considerarse un peligro social, y cesó su actividad en la década de 1960.
En 1963, se designó un grupo de expertos dentro del Consejo Médico Sueco (predecesor del Consejo Sueco de Salud y Bienestar) con la tarea de esclarecer la relación entre el tabaquismo y los problemas de salud.
A partir de 1964 , se destinó un presupuesto anual, inicialmente de medio millón de coronas suecas, a la información sobre los efectos nocivos del tabaco.
Durante la década de 1960, las campañas informativas se centraron principalmente en desalentar el tabaquismo entre niños y jóvenes. No fue hasta la década de 1970 que la información comenzó a dirigirse seriamente a los hábitos de tabaquismo de los adultos.
A finales de la década de 1960, surgieron demandas de medidas más contundentes contra el tabaquismo. Por ejemplo, en el Consejo Nórdico se planteó la cuestión de prohibir la publicidad del tabaco. En Suecia, la Junta Nacional de Asuntos Sociales y la Junta Nacional de Educación criticaron conjuntamente la publicidad del tabaco. Esto llevó a la industria tabacalera a endurecer sus normas éticas para el diseño de dicha publicidad.
Después de 1970 sucedió lo siguiente:
1973 La investigación sobre el tabaco realizada por la Junta Nacional de Salud y Bienestar exige, entre otras cosas, textos de advertencia y la prohibición de la publicidad del tabaco.
En 1977 se introdujeron textos de advertencia obligatorios y declaraciones sobre el contenido en los envases de tabaco.
Ley de 1979 que regula la comercialización del tabaco y el alcohol.
1981 El Comité del Tabaco solicita mayor información y nuevas leyes.
1983 La Administración Sueca de Seguridad y Salud en el Trabajo y la Junta Nacional Sueca de Asuntos Sociales publican un documento sobre la restricción del consumo de tabaco en locales públicos.
1984. El Comité contra el Cáncer exige medidas contra el tabaco, un mayor control de los productos y una mayor información.
1989 El Grupo de Salud Pública exige mayor información, la prohibición de la publicidad, una política de precios activa, un límite de edad, control de productos y una ley sobre entornos libres de humo.
En 1990, la Comisión de Investigación sobre el Tabaco solicitó, entre otras cosas, leyes sobre el tabaco, entornos libres de humo, prohibiciones de publicidad, aumento de precios y mayor información.
1991 Se lanza el programa de política tabáquica de la Asociación Médica Sueca, que exige un entorno laboral libre de humo, control de productos, una política de precios activa y directrices éticas para la comercialización del tabaco.
1992 Se publica la publicación del Grupo de Salud Pública sobre el tabaquismo infantil y juvenil y la importancia de la publicidad sobre el consumo de tabaco.
Ley del Tabaco de 1993 , vigente desde el 1 de julio.
1994: La Ley del Tabaco se endurece y se vuelve más clara.
1995 Memorando ministerial sobre el límite de edad para la compra de tabaco.
Se está estudiando la posibilidad de prohibir la publicidad indirecta del tabaco.
1996 El Riksdag decide que se debe introducir un límite de edad para la compra de tabaco.
1997 A partir del 1 de enero, se establece un límite de edad de 18 años para la compra de tabaco.
2002 La Ley del Tabaco se endurece de modo que todos los establecimientos a partir del 1 de enero de 2003, no solo aquellos con 50 asientos o más, deben tener una o más áreas donde está prohibido fumar. A partir del 30 de septiembre de 2002, los paquetes de tabaco deben tener más espacio para textos e imágenes de advertencia, así como una declaración de contenido e información sobre el lugar y la hora de fabricación del tabaco. Los vendedores de tabaco deben informar las ventas al municipio donde se realiza el negocio antes del 1 de enero de 2002. A partir del 30 de septiembre, se prohíben palabras como "light", "mild" y otras que den la impresión de que un determinado producto de tabaco es menos peligroso que otros. Los fabricantes e importadores deben proporcionar al Instituto Nacional de Salud Pública información sobre los ingredientes, su cantidad y su nocividad para la salud, también a partir del 30 de septiembre. En noviembre, el gobierno decidió prohibir la publicidad indirecta del tabaco a partir del 1 de enero de 2003.
En mayo de 2004, el Riksdag decidió prohibir fumar en todos los establecimientos a partir del 1 de junio de 2005 , con excepción de las terrazas al aire libre. Se permitieron salas de fumadores donde no se serviría ni se introduciría comida ni bebida. Estas salas solo podrían ocupar una pequeña parte del establecimiento y estarían ubicadas de manera que los clientes no tuvieran que pasar por ellas. Los empleados solo estarían presentes en la sala de fumadores temporalmente cuando se estuviera fumando.
2005. El endurecimiento de la Ley del Tabaco, que entró en vigor el 1 de julio, la alinea con el Convenio Mundial de la OMS para el Control del Tabaco, ratificado por Suecia el 7 de julio. La modificación de la ley implica normas más estrictas para la comercialización del tabaco y un mejor control de la compra de productos de tabaco por menores de edad. Se prohíbe la publicidad exterior en los puntos de venta, así como el patrocinio de eventos y actividades accesibles al público o con repercusión internacional, por ejemplo, a través de la televisión, si esto pudiera fomentar la venta de tabaco. La venta de tabaco debe realizarse de forma que sea posible verificar la edad del comprador.
En 2010 se endureció la obligación de informar sobre la venta de tabaco al municipio donde se realizará la venta, incluso antes de que la actividad comercial haya comenzado. El empresario también debe garantizar la existencia de un programa de autocontrol dentro del negocio, el cual debe adjuntarse a la notificación, y proporcionar a su personal la información y el apoyo necesarios para cumplir con la Ley del Tabaco y sus reglamentos conexos. En caso de infracciones graves o reiteradas, el municipio podrá prohibir al comerciante la venta de tabaco por un período máximo de seis meses o emitir una advertencia en casos menos graves. A partir de 2010, la policía ejercerá la supervisión conjuntamente con los municipios, quienes tendrán la oportunidad de cooperar entre sí en las labores de supervisión.
En 2012, el Ministerio de Salud y Bienestar emitió una ordenanza sobre la coordinación del trabajo de las juntas administrativas de condado en materia de alcohol, drogas, dopaje y tabaco (ANDT). Cada junta administrativa de condado tendrá una función de coordinación para asuntos relacionados con ANDT. Esto apoyará la implementación de la política nacional en la materia y fomentará un trabajo regional y local a largo plazo basado en el conocimiento. Las juntas administrativas de condado coordinarán, en la medida de lo posible, el trabajo preventivo con la supervisión que también ejercerán. Informarán anualmente sobre el trabajo de la unidad de coordinación al Instituto Nacional de Salud Pública.
La historia actual está en construcción, ¡vuelva pronto!
Legislación de la UE
Todos los Estados miembros de la UE deben cumplir con la Directiva de Control del Tabaco, un conjunto de leyes y reglamentos relativos al tabaco y la nicotina. Aquí encontrará información sobre qué es la Directiva de Control del Tabaco.
La Directiva sobre el tabaco es un conjunto de leyes y reglamentos introducidos por la Unión Europea (UE) para regular la producción, venta, comercialización y uso de productos de tabaco y nicotina en los Estados miembros de la UE. El título oficial de esta directiva es «Directiva 2014/40/UE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la fabricación, presentación y venta de productos de tabaco y productos relacionados, y por la que se deroga la Directiva 2001/37/CE».
La Directiva de Control del Tabaco es una parte importante de la política de salud pública de la UE. Fue adoptada en 2014 y entró en vigor en 2016. Esta Directiva es el mecanismo que utiliza la UE para implementar el Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT) en sus Estados miembros. La UE es la única región que ha ratificado dicho convenio.
La Directiva sobre el tabaco se renegocia periódicamente. En 2023 y 2024, se revisará la Directiva sobre el tabaco, centrándose en los nuevos productos de nicotina.
La Directiva sobre el Tabaco se aplica a todos los Estados miembros de la UE. Sin embargo, les otorga cierta flexibilidad para adaptarla e implementarla según sus circunstancias nacionales. Suecia cuenta con una exención especial respecto a ciertas disposiciones de la Directiva, concretamente en lo que respecta al snus marrón. Esto le permite vender snus en el mercado sueco, a pesar de que su venta está prohibida en la UE.
Cinco países europeos no son miembros de la UE y, por lo tanto, no se ven afectados por la Directiva sobre el tabaco. Dos de ellos son países nórdicos, Noruega e Islandia; los otros tres países que no pertenecen a la UE son Suiza, Liechtenstein y el Reino Unido.



